
El distanciamiento social, preventivo y obligatorio quedó extendido hasta el 28 de febrero y las principales medidas de cuidado contra el coronavirus, siguen vigentes, mas ante el escenario del regreso a las aulas desde mediados de mes en la Ciudad de Buenos Aires y en todo el país.
El Decreto 67/2021 (BO 30 de enero de 2021) mantiene la idea que sólo pueden realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios en espacios cerrados a un 50% de su superficie.
Para el caso del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), donde se encuentra ubicada la Ciudad de Buenos Aires, el coeficiente de ocupación de las superficies cerradas en los establecimientos gastronómicos también seguirá siendo de un máximo del 30%, en relación con la capacidad máxima habilitada.
Todo lo concerniente a las actividades deportivas y artísticas en lugares cerrados, no se permitirá la concurrencia de más de 10 (diez) personas y continuarán las reuniones sociales al aire libre con distanciamiento mínimo de dos metros, con tapabocas y cumplimiento del protocolo.
En cuando a las actividades artísticas y deportivas, solo podrán realizarse siempre y cuando que no impliquen una concurrencia superior a 10 personas en los lugares cerrados.
Lo nuevo por delante: la implementación oficial del teletrabajo
Este inicio del 2021 quedará marcado por tres cuestiones: la llegada de la vacuna, el inicio de las clases presenciales en todo el sistema educativo y la oficialización de la Ley 27.555 que dispone el Régimen del Teletrabajo.
El Ministerio de Trabajo dispuso ya su vigencia a partir del 1° de abril del corriente año y, entre sus características principales, establece el derecho a la desconexión digital, es decir, que las comunicaciones oficiales recibidas fuera del horario laboral podrán ser respondidas en el inicio de la jornada laboral del día siguiente.
Un informe de la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA) reveló en estos días que “uno de los puntos que mayor debate generó en el sector privado es el de la reversibilidad, ya que se preveía la posibilidad de que el empleado solicitara al empleador volver a desarrollar tareas en la empresa sin posibilidad de que se rechazara dicho pedido. Finalmente, en la reglamentación publicada, se establece que este derecho deberá ajustarse a los artículos 9 y 10 del Código Civil y Comercial de la Nación, y 62 y 63 de la Ley de Contrato de Trabajo”.
Este tema continuó tratándose desde la federación y más adelante el informe desarrolla que “recibida la solicitud de la persona que trabaja, con la sola invocación de una motivación razonable y sobreviniente, el empleador o la empleadora deberá cumplir con su obligación en el menor plazo que permita la situación del o de los establecimientos al momento del pedido”.
Dicho plazo no podrá ser superior a los 30 días.
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